sábado, 4 de octubre de 2014

Pimes . . . excluidas de...

2014

Confederación Argentina de la Mediana Empresa.

Circular N° 359/2014.

Importante:
Ley de Abastecimiento.

A fin de demostrar el continuo trabajo en defensa de las PYMES que realiza la CAME y sus entidades adheridas, recomendamos a las Cámaras, Uniones y Federaciones difundir entre sus asociados el siguiente texto, incorporando el logo de la entidad correspondiente:

Con la antigua Ley de Abastecimiento nº 20.680 a una PYME se le podía:

1. Clausurar el comercio.
2. Fijar precios máximos.
3. Inhabilitar para ejercer el comercio.
4. Incautar la mercadería.
5. Aplicar severas multas.
Ahora esas medidas no serán posibles ya que gracias a la gestión realizada por la
CAME, las PYMES han sido excluidas de la Ley de Abastecimiento nº 26.991, recientemente aprobada.

Asimismo, remitimos los topes de facturación, por sector, para que una empresa sea considerada PYME, de acuerdo a la resolución 50/2013 de la SEPYME:

SECTOR                       
Tope de Facturación .

Agropecuario                         
$54.000.000 

Industria y Minería               
$183.000.000  

Comercio                              
$250.000.000

Servicios                                 
$63.000.000 

Construcción                           
$84.000.000

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2014.