LA VIVIENDA ECONÓMICA.
La ocupación violenta de terrenos para instalar viviendas precarias y la usurpación de viviendas por grupos familiares es la expresión del grado de deterioro habitacional del país. El avance de pobladores indigentes sobre predios urbanos, y el crecimiento de la delincuencia, conforman el clima de inseguridad ciudadana en que vivimos.
El Art. 14 bis de nuestra presuntuosa Constitución, dispone: “El Estado otorgará…el acceso a una vivienda digna”. Desde que el Estado (el gobernante) metió mano en la vivienda, el déficit habitacional está en crecimiento: hizo lo que no tenía que hacer, politizó el tema, creó una maraña de corrupción e ineficiencia, y omitió hacer lo que se debía, que es involucrar a la ciudadanía para que lo resuelva.
Cubrir las necesidades de viviendas económicas requiere: tiempo, e invertir miles de millones de pesos que la empobrecida sociedad argentina no los dispone. La solución para la inversión es disponer: a) que los capitales invertidos en la construcción de viviendas económicas, para su alquiler o venta, sea computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, y b) que la venta esté exenta del Impuesto al Valor Agregado. Se iniciarán en forma inmediata las construcciones y los tiempos se acortarán.
La vivienda es un tema de armonía social y orden institucional.
El Art. 14 bis de nuestra presuntuosa Constitución, dispone: “El Estado otorgará…el acceso a una vivienda digna”. Desde que el Estado (el gobernante) metió mano en la vivienda, el déficit habitacional está en crecimiento: hizo lo que no tenía que hacer, politizó el tema, creó una maraña de corrupción e ineficiencia, y omitió hacer lo que se debía, que es involucrar a la ciudadanía para que lo resuelva.
Cubrir las necesidades de viviendas económicas requiere: tiempo, e invertir miles de millones de pesos que la empobrecida sociedad argentina no los dispone. La solución para la inversión es disponer: a) que los capitales invertidos en la construcción de viviendas económicas, para su alquiler o venta, sea computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, y b) que la venta esté exenta del Impuesto al Valor Agregado. Se iniciarán en forma inmediata las construcciones y los tiempos se acortarán.
La vivienda es un tema de armonía social y orden institucional.
Julio DE 2011.
Dr. Marcelo Castro Corbat
Centro Segunda República
Centro Segunda República
www.centrosegundarepublica.blogspot.com